Servicio de asesoramiento al trabajo autónomo | 6 de octubre de 2024

Cabecera 2022
Banner autoempleo 2020

Te contamos cómo cobrar en un solo pago el importe pendiente de la prestación por desempleo para montar tu negocio ‘Capitalización del desempleo’

    El pago único es una medida de fomento de empleo que pretende facilitar la puesta en marcha de iniciativas de autoempleo que consistan en iniciar una actividad laboral como trabajadora o trabajador por cuenta propia o en incorporarse como socio trabajador o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales o mercantiles en funcionamiento o de nueva creación.

    04/02/2019.
    Imagen de archivo

    Imagen de archivo

    Requisitos:

    No haber iniciado la actividad económica ni estar de alta en la Seguridad Social.Tener, al menos, tres meses de prestación pendientes de percibir. No haber obtenido el reconocimiento de un pago único en los 4 años anteriores a la fecha de solicitud. Que la actividad profesional que va a desarrollar sea una de las siguientes:

    * Actividad como trabajadora o trabajador autónomo

    * Constitución o incorporación a una cooperativa o sociedad laboral o mercantil.

    Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución de concesión del derecho y en todo caso, con fecha posterior a la solicitud.No haber impugnado el despido que diera lugar a la situación de desempleo. No se podrá solicitar la capitalización hasta que se haya resuelto el expediente de impugnación.

    Modalidades de capitalización:

    Puede obtener en un solo pago la cantidad que justifique como inversión necesaria para iniciar la actividad, con el límite máximo del 100% del valor actual del importe de la prestación.Si no obtiene el total de la cuantía de su prestación en un solo pago, puede solicitar simultáneamente el abono del importe restante para financiar el coste de las cuotas mensuales de Seguridad Social durante el desarrollo de su actividad.Puede solicitar y obtener exclusivamente la cantidad que justifique como inversión.Puede solicitar y obtener exclusivamente el importe total de la prestación pendiente de percibir para la subvención de cuotas mensuales a la Seguridad Social

    Podrá destinar hasta el 15 % de la cuantía de la prestación capitalizada al pago de servicios específicos de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad a emprender.

    También podrá destinar el pago único a los gastos de constitución y puesta en funcionamiento de una entidad, así como al pago de las tasas y tributos.

    Documentación necesaria para la solicitud:

    - Solicitud oficial con la documentación necesaria.

    - Memoria explicativa sobre el proyecto de inversión a realizar y actividad a desarrollar.

    - Cualquier documentación que acredite la viabilidad del proyecto.

    Documentación necesaria para la justificación:

    - Documento de alta en la Seguridad Social como autónomo o autónoma o certificado de ingreso en el Colegio Profesional correspondiente, en el caso de actividades no sujetas a cotizaciones a la Seguridad Social.

    - Justificantes de la inversión realizada.