Servicio de asesoramiento al trabajo autónomo | 21 de noviembre de 2024

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Pagos fuera de plazo de tributos y seguro personas autónomas

    Te informamos sobre tus derechos tributarios y de Seguridad Social.

    05/04/2019.
    Te asesoramos

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    1. SEGURIDAD SOCIAL-PERSONAS AUTÓNOMAS

    Desde 2018 si no es posible el pago del seguro de autónomos en el mes en el que corresponde:

    - En caso de pagar la deuda dentro del mes siguiente habrá que pagar un 10% de recargo.

    - En caso de pagar la deuda dentro del segundo mes siguiente el recargo será del 20%.

    - El 20% será el recargo que te impondrá la Seguridad Social si te reclama el pago, normalmente en los dos o tres meses siguientes a la deuda, y pagas dentro del plazo que te imponga. Esta reclamación la realiza a través de una Providencia de Apremio.

    - Si te reclama el pago y no realizas el ingreso el recargo pasará entonces al 35%, al que hay que sumar otro recargo por intereses de demora (durante 2018 el 3,75%).

    2. HACIENDA-IMPUESTOS

    Si es el propio usuario/a quien corrige el error, las sanciones serán:

    - Menos de tres meses: 5%

    - Entre tres y seis meses: 10%

    - Entre seis y doce meses: 15%

    - Más de 12 meses: 20% más intereses de demora.

    Si es Hacienda quién nos reclama el pago las sanciones son mayores:

    - Recargo del 100% de la cantidad a liquidar, la cual se podrá reducir al 50% si mostramos conformidad.